Páginas

viernes, 22 de marzo de 2013

El Tribunal Supremo da la razón al Simpa

El Tribunal Supremo ha fallado a favor del recurso del Sindicato Médico Profesional de Asturias (Simpa) y ha declarado que se ha lesionado el derecho constitucional a la huelga de 2009 en los servicios de urgencia en Asturias, según ha informado el Simpa en un comunicado. 
Ha dictado sentencia en el Recurso de casación interpuesto por el Sindicato Médico Profesional de Asturias (Simpa) contra la sentencia de fecha 27 de abril de 2011, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA), por la que se establecen los servicios mínimos para la huelga convocada entre los días 23 a 27 de marzo de 2009 de 0.00 a 24 horas en los Servicios de Urgencia Hospitalaria del Servicio de Salud Público del Principado (Sespa).
Los Fundamentos de Derecho más importantes de la Sentencia del Tribunal Supremo de fecha 8 de marzo de 2013 recogen la jurisprudencia acreditada, no sólo de la propia Sala Tercera, sino también del Tribunal Constitucional, por los que no cabe fijar el 100% de los servicios mínimos, incluso en el ámbitos de las urgencias médicas,pues ello equivale a cercenar el ejercicio del derecho de huelga.

Ver la noticia en Europa Press »

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Muchas gracias por dejarnos tu opinión. Los comentarios están siendo moderados y serán publicados en cuanto sea posible. No está permitido el spam ni mensajes de contenido ofensivo.