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viernes, 21 de julio de 2017

El Supremo ratifica que el cambio de turno enfermero es jornada laboral

El Tribunal reconoce que los 20 minutos entre turnos deben de "computar dentro de la jornada laboral" del colectivo
El Tribunal Supremo admite que, el tiempo que dedican los enfermeros al cambio de turnos, estimado entre 15 y 20 minutos, para intercambiar datos sobre pacientes, se incluye en la “jornada ordinaria” de este colectivo.
Así lo ha reconocido en el fallo que ha sentenciado este jueves por el recurso que interpuso el sindicato SATSE de Almería contra la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Hospital de Poniente el pasado 21 de abril de 2016, al entender que este “tiempo invertido por los enfermeros en la continuidad asistencial” forma parte del tiempo efectivo de trabajo y debe “computar dentro de su jornada ordinaria”.

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