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martes, 2 de febrero de 2016

Este año es bisiesto, ¿cobrarás un día más por trabajar el 29 de febrero?

Maravillas Delgado
Este año es bisiesto. Tiene un día más y, además, el 29 de febrero cae en lunes. Es decir, es un día laborable. ¿Lo cobrarán los asalariados? ¿Trabajarán de más y no cobrarán? ¿Qué pasa con ese día en los sueldos? La respuesta a estas preguntas no es sí o no, ni blanco ni negro. Eso dependerá mucho de qué tipo de contrato tiene el trabajador y del convenio que rija en su empresa y en su sector.
Básicamente, para saber si un asalariado cobrará ese día extra que el calendario depara cada cuatro años hay qué dicta el convenio colectivo, si lo hay (sino lo fija el contrato y el Estatuto de los Trabajadores), y cómo establece la jornada de trabajo (anual, semanal o mensual) y el sistema de retribución (diario, semanal o mensual). No obstante, antes de continuar hay que advertir que la llamada “autonomía de las partes” en la negociación colectiva (empresarios y trabajadores) hace que pueda haber muchos supuestos.

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