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domingo, 7 de febrero de 2016

El Tribunal Supremo deniega la suspensión cautelar del art. 3.2 del RD de Prescripción Enfermera

La Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha notificado este viernes, 5 de febrero, al Consejo General de Enfermería y al Sindicato de Enfermería (SATSE), integrantes ambos de la Mesa de la Profesión Enfermera, que deniega la suspensión cautelar del artículo 3.2 del Real Decreto de Prescripción Enfermera, por lo que “debe aplicarse a rajatabla”, destacan desde la Mesa.
Según manifiesta la mencionada organización, el Alto Tribunal informó a sus integrantes, a través de sendos autos, “prácticamente idénticos”, de este extremo. En este sentido, declaran desde la Mesa que “el magistrado ponente no entra en el fondo de la cuestión y simplemente valora si la aplicación de dicho artículo causaría o no perjuicios graves a terceros”, lo que no es óbice para que cometa “algunas imprecisiones” en el auto.

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