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miércoles, 29 de octubre de 2014

Publicada en el BOPA la modificación de la plantilla orgánica del Servicio de Salud del Principado de Asturias.

Acuerdo de 24 de septiembre de 2014, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la plantilla orgánica del Servicio de Salud del Principado de Asturias.
El artículo 14 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud, dispone que de acuerdo con el criterio de agrupación unitaria de las funciones, competencias y aptitudes profesionales, de las titulaciones y de los contenidos específicos de la función a desarrollar, los servicios de salud establecerán las diferentes categorías o grupos profesionales existentes en su ámbito, y que atendiendo a las características de su organización sanitaria y previa negociación en las mesas correspondientes, se establecerán los sistemas de agrupamiento y enumeración de dichos puestos o plazas.
Así, el Plan de Ordenación de Recursos Humanos del Servicio de Salud del Principado de Asturias, dictado en aplicación del artículo 13 del mencionado Estatuto Marco, aprobado por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 11 de noviembre de 2009, define en su línea estratégica 3.2 a la plantilla orgánica como el instrumento principal de ordenación del personal en el Servicio de Salud del Principado de Asturias, en la que se detallará la dotación numérica de efectivos, categoría y puestos de trabajo, así como los sistemas de provisión de los mismos.

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